En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en la norma antes señalada, declara Inadmisible la demanda de Daños y Perjuicios, intentada por el ciudadano Luis Campos Carvajal, en contra de del Fondo de Comercio, Sorteo de la Lotería de Animalitos denominada Bolsa de Animalitos del Barrio Guamachito, la tradicional de Campito, representada por la ciudadana Lihuvai Del Valle Cova González , todos anteriormente identificados, al no haber cumplido los extremos legales, referentes a la Ley Nacional de Lotería y así se decide.