En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de Jurisdicción Voluntaria de DIVORCIO POR INCOMPATIBILIDAD O DESAFECTO, presentada por la ciudadana LILIANA COROMOTO BARRIOS MAGALLANES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.453.779, debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada JEANETTE BERRIOS, mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL CARMONA TIAPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.203.132, domiciliado en Guanapito, Casa S/N,.....