Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por el ciudadano SATURNINO CALANCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, Chofer, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.194.683, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ XAVIER AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº V-14.827.223 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.620.- Así se decide.
En consecuencia, se acuerda la Rectificación del Acta de Matrimonio Nº 16, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, correspondiente al año 1967; y en tal sentido, de co.....