Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control de Guardia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreto MEDIDA PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los imputados DYMERK RAFAEL ALVAREZ LANDAETA, Venezolano, Natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad N° 17.706.278, de 20 años de edad, nacido en fecha 04-04-1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Mecánico, hijo de los ciudadanos: DAVID ALVAREZ (F) y ANA LANDAETTA (V), residenciado en: NEGRA HIPOLITA, SAN DIEGO, PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANZOATEGUI. Y LUIS BELTRAN MARTINEZ ECHEVERRIA, Venezolano, Natural de Los Altos de Santa Fe, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° 16.854.586, de 23 años de edad, nacido en fecha 03-02-1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Refrigeración, hijo de los ciudadanos: FELIPE SANTOYO FRANK (V) y ZENAIDA JOSEFINA M.....