este tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, en forma sumaria, y en consecuencia, se ordena Rectificar el Acta de Defunción del ciudadano: MANUEL VICENTE TABARES VELASQUEZ, en el sentido de que en lo adelante se inscriba a la ciudadana HILJHOUSSMAR KATHERINE TABARES RANGEL como ¿MAYOR DE EDAD¿ y no como erróneamente se asentó MENOR DE EDAD, debiendo en consecuencia el Funcionario competente proceder a estampar la nota marginal a que hubiere lugar en el Acta N° 132, de los Libros de Registro Civil de Defunciones, llevados por la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 03 de Marzo de 2.004.
Ejecutoriada como quede la presente sentencia, se insertará la misma en los Libros de registro Civil de Defunciones, a cuyos fines se remitirán oportunamente dichas copias certificadas a las Autoridades respectivas.