esta Juzgadora junto con las partes intervinientes.- Este tribunal visto el pedimento formulado por el ciudadano GREGORIO ANTONIO CARVAJAL, venezolano , mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.880.172, domiciliado en al Urbanización Santa Elena, Calle N° 9, Casa S/N, Municipio Guanipa del estado Anzoátegui, a favor de sus hijos ..... por cuanto dicho pedimento no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Acuerda: hacer entrega al Ciudadano GREGORIO ANTONIO CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: V-8.880.172, domiciliado en al Urbanización Santa Elena, Calle N° 9, Casa S/N, Municipio Guanipa del estado Anzoátegui, de la Cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CATORCE BOLIVARES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (Bs.11.214,29), para la adquisición de útiles, uniformes escolares, e .....