Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA del presente asunto, seguido al ciudadano JOSE ALBERTO BOLIVAR SARMIENTO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.635.960, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30/06/1990, de 20 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Panadero, hijo de CARLOS ALBERTO BOLIVAR (V) e JUDITH DEL ROSARIO SARMIENTO (V), residenciado en Urbanización Boyacá III, Avenida II, Casa Nº 15, Vereda 12, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0281-2871991 ¿ 0424-8724204, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana CELESTE DEL VALLE MEDI.....