Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Julio Cesar Salazar Loroño, en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Zago Maquinarias C.A, contra la sentencia dictada por el Juzgado Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 08 de Octubre de 2014.-
Segundo: SE CONFIRMA, la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 08 de Octubre de 2014.
Tercero: De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a la parte de la presente decisión y una vez que conste en autos la misma, remítase a su Tribuna.....