Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado JOSE RAFAEL MARQUEZ PEREZ, Venezolano, natural de Barcelona, donde nació en fecha 03/09/1973, residenciado en CERRO DE PIEDRA, SECTOR GRAN CHAPARRAL, CALLE BOLIVAR, CASA Nº 15, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.913.942, de estado civil soltero, de profesión u oficio: COMERCIANTE, hijo de los ciudadanos: JOSE MARQUEZ (V) y DAMELYS PEREZ (V); por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42, 40 y 41 de la Ley Or.....