Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, favor de los ciudadanos GUIDO BENJAMIN LOPEZ URQUIOLA, Venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, donde nació el 13-06-82, de 23 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Chofer, titular de la cédula de identidad N° 18.126.414, hijo de los ciudadanos GUIDO LOPEZ (v) y CARMEN URQUIOLA (v), domiciliado en los Yáques, calle El Milagro N°. 24, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, JESUS MANUEL MUÑOZ BRITO, quien dijo ser venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, nacido el 25-12-71, de 33, años de edad, profesión ú oficio Chofer, residenciado en calle Libertad N°. 34, Barrio Tierra Adentro, teléfono 0414-8156231, hijo de Liduvina del Valle Brito (V) y Pedro Manuel Muñoz (V),C.I.N°. 11.420.810, JORGE GABRIEL UGAS LABRADOR.....