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Decisiones del dia 06/10/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
Paginas 1 [Total de sentencias: 5] Página 1 de 1
N° Expediente : CPA.1123-09 N° Sentencia : 0241 Fecha: 06/10/2009
Procedimiento:
Homologacion Cumplimiento Obligacion De Manutencio
Partes:
CINTHIA NATHALI DEL VALLE ALEJO RAMIREZ Y GREGORI JOSÉ FERNANDO PEREZ MEDINA
Resumen:
La conciliación en materia de Obligación, esta sujeta a los límites que impone el articulo 308 de la LOPNA en el sentido de que solo puede tratar un "Asunto de Naturaleza Disponible". El Artículo 375 ejusdem define los aspectos disponibles de la obligación alimentaría y establece que: "El monto a pagar por concepto de Obligación Alimentaría Así como la forma y oportunidad de pago pueden ser convenidos entre el obligado y el solicitante". Vista la opinión favorable con relación al convenio planteado (F. -32) emitida por la Fiscal Especializada Décima Primera (11) del Ministerio Público en materia de protección, por cuanto no afecta los derechos de los solicitantes, esta juzgadora Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente HOMOLOGA el convenimiento, suscrito por los ciudadanos; CINTHIA NATHALI DEL VALLE ALEJO RAMIR.....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
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N° Expediente : CC-1111-09 N° Sentencia : 0234 Fecha: 06/10/2009
Procedimiento:
Desalojo De Inmueble
Partes:
ALEJANDRO AGOSTINI Y MARBELIS BRAVO RODRIGUEZ
Resumen:
El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil señala: En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es, irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal." En atención a lo antes expuestos y dado que el Convenimiento es un contrato por el cual las partes necesitan tener capacidad para disponer del objeto sobre que verse la controversia, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual, conforme a las disposiciones del Código Civil, donde manifiestan expresamente su voluntad pura y simple de culminar el procedimiento, dando total cumplimiento al convenimiento suscrito entre ellos, y como se trata de asuntos en los cuales no están prohibidas los acuerdos y ta.....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
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N° Expediente : CM-1141-09 N° Sentencia : 0240 Fecha: 06/10/2009
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
EDILSON ROBERT RODRÍGUEZ C,Y LUIS GERARDO FERNANDEZ S.,
Resumen:
Ahora bien estando debidamente notificado el ciudadano; Luís Gerardo Fernández Sosa, no compareció para que apercibido de ejecución, pague acredite haber pagado o formule oposición al pago y no lo efectuó, ni hizo oposición alguna, es oportuno resaltar el contenido del artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, que señala: "El intimado deberá formular su oposición dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación personal practicada en la forma prevista en el artículo 649, a cualquier hora fijadas en la tablilla a que se refiere el articulo anterior 192. En caso del articulo anterior, el defensor deberá formular su oposición dentro de los diez (10) días siguientes a su intimación, en cualquier de las anteriormente indicadas. Si el intimado o defensor en su caso, no formulare oposición dentro de los plazos mencionados, no podrá ya formularse y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada". Vista que la conducta desplegada por el intimado se subsume .....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
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N° Expediente : CC-1127-09 N° Sentencia : 0229 Fecha: 06/10/2009
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
MARGOT LANZA DE SEMERENE Y JESUS HUMBERTO AYALA
Resumen:
Como quiera que la materia sobre la cual las pastes, han acordado darle termino al juicio por vía Conciliación, sus efectos procesales se producen a partir de la homologación, acto por medio del cual el Juez le da su aprobación. Ese acto es una sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. La Conciliación aquí planteada por tratarse de un convenio jurídico entre las parte pone fin al litigio pendiente, considerando quien aquí suscribe que en la misma se cumplen las condiciones del contrato en general; y fue suscrita por las personas que tienen la capacidad procesal para ello El artículo 256 del Código de Procedimiento Civil señala: "Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución." En atención a lo antes expuestos y dad.....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
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N° Expediente : CM-1153-09 N° Sentencia : 0230 Fecha: 06/10/2009
Procedimiento:
Cobro De Bolivares (Via Intimacion)
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL, PINNACA C.A; Y ANTONIO BARRIOS CASTAÑEDA,
Resumen:
La transacción aquí planteada por tratarse de un convenio jurídico pone fin al litigio pendiente, considerando quien aquí suscribe que en la misma se cumplen las condiciones del contrato en general; y fue suscrita por las personas que tienen la capacidad para analizar dicho acto, pues la apoderada Judicial Dra. Iris Carmona esta facultada expresamente por su poderdante para Transigir; y la demandada es la persona contra quien se dirige la acción de desalojo; vale decir los sujetos procesales tienen capacidad procesal para ello. El artículo 256 del Código de Procedimiento Civil señala: "Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución." En atención a lo antes expuestos y dado que la Transacción es un contrato por el cual las p.....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
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