DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, formulada por los ciudadanas los ciudadanos LESMARLY DEL VALLE CAROLINA FERNANDEZ NOGUERA Y FRANCISCO JOSE ZAMBRANO PARICAGUAN, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 15.155.926 y 15.372.866 respectivamente. En consecuencia, queda disuelto vinculo matrimonial, contraído por los mencionados ciudadanos por ante el Registro Civil, de la Parroquia San Cristóbal, Municipio Simon Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui, en fecha 09 de Octubre de 2010, conforme consta de copia certifica.....