Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 07/06/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 9] Página 1 de 1
N° Expediente : BH12-X-2006-000039 N° Sentencia : BH12-X-2006-000039 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: EMPRESA PROTECCIÓN Y VIGILANCIA, C.A/ DEMANDADA EMPRESA TRANSPORTE YELAMO, C.A
Resumen:
En este caso, recae sobre la parte solicitante de la medida, la carga de alegar y probar las razones de hecho y de derecho que a su parecer fundamentan la procedencia de las mismas, el órgano jurisdiccional se encuentra evidentemente impedido de suplir la falta de la parte de explanar y acreditar sus argumentos, en sustento de la medida en cuestión. De la revisión de las actas que conforman la presente demanda, se observa que el actor acompaño facturas y no señalo en que consistía el peligro de ilusoriedad del fallo (periculum in mora), ni aporto medios de prueba que hagan surgir la presunción de tal circunstancia.- De manera que de conformidad con lo antes expuesto se NIEGA la medida preventiva de embargo solicitada y así se decide.- Esta decisión se dicta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BH12-X-2006-000041 N° Sentencia : BH12-X-2006-000041 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: ARMANDO TOVAR VARGAS/ DEMANDADO EMPRESA "SERVICIO DE INSPECCION TECNOLOGICAS, S.A" (INSPECTA
Resumen:
En este caso, recae sobre la parte solicitante de la medida, la carga de alegar y probar las razones de hecho y de derecho que a su parecer fundamentan la procedencia de las mismas, el órgano jurisdiccional se encuentra evidentemente impedido de suplir la falta de la parte de explanar y acreditar sus argumentos, en sustento de la medida en cuestión. De la revisión de las actas que conforman la presente demanda, se observa que el actor no señalo en que consistía el peligro de ilusoriedad del fallo (periculum in mora), ni aporto medios de prueba que hagan surgir la presunción de tal circunstancia.- De manera que de conformidad con lo antes expuesto se NIEGA la medida preventiva de embargo solicitada y así se decide.- Esta decisión se dicta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BP12-M-2006-000100.- N° Sentencia : BP12-M-2006-000100.- Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ALIRIO RAFAEL MACHADO CURBATA/ APODERADOS: FRANK ENRIQUE GUZMAN APONTE Y JUAN CARLOS GUILLENT MADRID/ PARTE DEMANDADA: SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES EL CENTAURO (SERCONCECA),
Resumen:
se observa falta la firma del Librador, es por lo que ha criterio de quien a aquí decide no cumple los requisitos exigidos en el Artículo 410 ordinal 8 del Código de Comercio., motivo por el cual este Tribunal NIEGA la Admisión de la presente demanda, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 411 del Código de Comercio y 644 del Código de Procedimiento Civil.-
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BH12-X-2006-000038 N° Sentencia : BH12-X-2006-000038 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Accion Reivindicatoria
Partes:
DEMANDANTE MARCOS AQUILES GUEVARA PALERMO/ JHON ALEXIS ALMEIDA QUINTANA, WILLIANS RILEY CAMERO MAYBIN, NEREIDA DEL VALLE VERACIERTA LANZ, JOSE DANIEL LANZ Y GEIBI ELENIS MEDINA
Resumen:
Ahora bien, esta Juzgadora considerando todo lo expuesto anteriormente, NIEGA la medida innominada solicitada por no reunir los requisitos antes descritos y requeridos por la Ley.- Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BH12-X-2006-000040 N° Sentencia : BH12-X-2006-000040 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDATE SERVCIOS ITS LATINOAMERICANA, S.A/ DEMANDADOSERVCIOS ITS LATINOAMERICANA, S.A
Resumen:
En este caso, recae sobre la parte solicitante de la medida, la carga de alegar y probar las razones de hecho y de derecho que a su parecer fundamentan la procedencia de las mismas, el órgano jurisdiccional se encuentra evidentemente impedido de suplir la falta de la parte de explanar y acreditar sus argumentos, en sustento de la medida en cuestión. De la revisión de las actas que conforman la presente demanda, se observa que el actor no señalo en que consistía el peligro de ilusoriedad del fallo (periculum in mora), ni aporto medios de prueba que hagan surgir la presunción de tal circunstancia.- De manera que de conformidad con lo antes expuesto se NIEGA la medida preventiva de embargo solicitada y así se decide.- Esta decisión se dicta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BP12-S-2006-001063 N° Sentencia : BP12-S-2006-001063 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ENDER JOSE ROJAS BRACHO E YRIS MARGARITA PRADO DE ROJAS
Resumen:
Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: : ENDER JOSE ROJAS BRACHO e YRIS MARGARITA PRADO DE ROJAS venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº: V-16.263.982 y 11.656.393, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por el abogado ARTURO PINZÒN, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 34.714, ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, fecha 05 de agosto de 2000, por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, hoy Registro Civil de la Alcaldía del municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui, y así se decide-.
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BP12-S-2006-000965 N° Sentencia : BP12-S-2006-000965 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ENRIQUE JOSE GIL MARIN
Resumen:
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BP12-S-2006-000856 N° Sentencia : BP12-S-2006-000856 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
PETRONILA DEL CARMEN QUIJADA GOMEZ Y MIGUEL ANGEL GUERRA RAMIREZ
Resumen:
Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: PETRONILA DEL CARMEN QUIJADA GOMEZ Y MIGUEL ANGEL GUERRA RAMIREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº: V-2.746.779 Y 4.504.516, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogada NORMA EMPERATRIZ CABALLERO RENDÒN, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.520, ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, insertada en el libro principal de matrimonios Nº 01, del año 1.974, llevado por el Registro del Estado Civil de la Alcaldía del mismo municipio y estado, en fecha en fecha 08 de agosto de 1.974, y así se decide
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : BP12-V-2005-000393 N° Sentencia : BP12-V-2005-000393 Fecha: 07/06/2006
Procedimiento:
Intimación De Honorarios Profesionales
Partes:
PARTE DEMANDANTE: JOSE GREGORIO TINEO/ PARTE DEMANDADA: TRINO JUVENAL PEREZ SOLANO/
Resumen:
Ahora bien, la confesión ficta opera cuando el demandado no da contestación a la demanda en la oportunidad procesal correspondiente, si nada probare que le favorezca y siempre que la petición del demandante no sea contraria a derecho, elementos que concurren en el presente caso, ya que el demandado no diò contestación a la demanda en tiempo oportuno, nada probó que lo favoreciera y la petición del demandante està consagrada en la Ley de Abogado, por lo que a criterio de quien aquì decide, en el presente caso operó la confesión ficta y asì se declara.- Por los razonamientos antes expuestos, se hace innecesario el análisis del escrito presentado en fecha 02-06-2006, por ser el mismo extemporáneo por tardío.- Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el abogado JOSE GREGORIO TINEO, actuando en su propio no.....
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados