Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a los JANFRANK ALEXANDER MARIN, titular de la cédula de identidad N° 16.182.029, natural de La Guaira, donde nació el 08-06-1981, de 24 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de EDWIN ANTON (V) y de JANET MARIN (V), Residenciado en Barrio Sotelo, San Mateo ( Las Casas son de Invasión), Estado Anzoátegui, y ASNARDO ANTONIO GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad N° 17.359.435, Venezolano natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 08-12-1985, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de JOSE GUZMAN (V) y de CRUZ MUÑOZ (V), Residenciado en calle El Salao, casa S/N, San Mateo, Estado Anzoátegui. Líbrese Oficio a la Policía del Municipal de Anaco, Est.....