el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana: ANAIZ JOSEFINA GARCIA LEOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.470.466, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la extinta: RITA JOSEFINA GARCIA LEOTA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.470.466 y así se decide.-