"...4- En cuanto a la prueba documental contenida en el particular CUARTO del CAPITULO I, del escrito de promoción de pruebas, marcada con la letra "D", la cual fue acompañada en original con el escrito de contestación de la demanda, concerniente a Certificado del Registro Nacional de Productores, Asociaciones, Empresas de Servicios, Cooperativas y Organizaciones Asociativas Económicas de Productores Agrícolas , emanado de la Unidad Estadal del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del estado Anzoátegui (UEMPPAT – ANZOÁTEGUI), Oficina El Tigre; este Tribunal ADMITE, la documental antes indicada, de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva. Así se declara.
5- En cuanto a la prueba documental contenida en el particular QUINTO del CAPITULO I, del escrito de promoción de pruebas, marcada con la letra "E", la cua.....