Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a favor de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.169.478, natural de Tigre - Estado Anzoátegui, nacido en fecha 02-04-1985, de 26 años de edad, de Estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos RISSE CAMACHO y MAGALIS HERNANDEZ, residenciado en el AV. PRINCIPAL DE SAN DIEGO, CASA A-22, FUNDACIÓN SAN DIEGO , PUERTO LA CRUZ, Estado Anzoátegui; y ENIO RAFAEL DUQUE HERNÁNDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 22.870.372, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos ELIO DUQUE y MAGALIS HERNANDEZ, residenciado en el VIA ALTERNA, CASA .....