Este Juzgado Superior Estadal Contencioso – Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la perención de la Instancia y Consecuencialmente extinguido el proceso.
SEGUNDO: Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de esta circunscripción judicial en su oportunidad legal correspondiente.