en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud, con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana ANA MILKA GUACARAN DE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.307.661, debidamente asistido por la Defensora Publica Primero ABG. MARIA EUGENIA MURILLO ( Por la Unidad de la Defensa Publica), mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal que la une al ciudadano LUIS EMILIO MORENO PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de .....