En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana YSABEL QUIJANO ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.681.566, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio CARLOS ENRIQUE PUERTA MARQUINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.821, en contra del ciudadano JOSE ALBERTO RODRIGUEZ PARDO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.341.264, domiciliado en la urbanización Boyacá, calle j, vereda 47, casa Nº 43, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentran involucrados la adolescentes y el (Se Omite.....