Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano ROMAN JAVIER CABRERA SALAZAR, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.113.123, venezolano, natural de Caracas, Región Capital, donde nació el 12-12-1976, de 31 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Taxista, hijo de: Román Cabrera (V) y de Mirian Salazar ( V), residenciado en: Calle Pinto Salinas, Nº 16, La Caraqueña, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de CAMBIO ILICITO DE PLACAS y APROVACHEMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR previstos y sancionados en los Artículos 8 y 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos. Todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, Líbrese el correspondiente oficio al Instituto Autónomo de la Pol.....