En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRABNDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE incoada por los ciudadanos: El presente juicio se inició en virtud del libelo de demanda por DESALOJO, interpuesto en fecha: 17/05/2010 por los ciudadanos: JUAN FRANCISCO VASQUEZ y ELVI FERMINA VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-10.063.275 y 8.969.463, respectivamente, de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderados judiciales de la ciudadana: Emigdia Euristela Vásquez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 1.181.021, contra el ciudadano: LUIS FERNANDO RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 1.635.342, de este domicilio.-En consecuencia, se ordena a la Demandada a hacer entrega a la parte Actora, com.....