Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana Lucero Rafaela Marin Guilarte, asistida de abogado, contra el Circuito Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en vista de la naturaleza de la presente decisión.