En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO de inmueble basada en el artículo 34 literal "a" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por la ciudadana YAJAIRA COROMOTO DÍAZ TOVAR, a través de apoderado, en contra del ciudadano JIMMER RAFAEL OÑATE RICO, ambas partes plenamente identificadas en autos; en consecuencia, se condena a la parte demandada, JIMMER RAFAEL OÑATE RICO a Desalojar y por ende entregar el inmueble, ubicado en la calle Cuatro Manzana Seis N° 14, en la Urb. San Antonio, en la avenida denominada Vea entre El Tigre y El Tigrito, constituida de la siguiente forma: dos (2) dormitorios, Una (1) sala-comedor, cocina, una (1) sala de baño con ducha,. WC, lavamanos, un área de lavado con su batea, patio o jardín posterior, so.....