Éste Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, para los ciudadanos a los imputados CIPRIANO CELESTINO TEBRES GONZALEZ, por el delito de HURTO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO, y LESIONES TIPO LEGAL BASICO, previstos y sancionados en el articulo 452 numerales 4 y 8, 286 y 413 del Código Penal, considerando el Tribunal respecto al delito de hurto agravado, otras circunstancias que agravan el hecho conforme a lo establecido en el articulo 77 ejusdem, numerales 8 y 11, y adicionalmente para este el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme; y al imputado DARWIN DAVID HERRERA CORVO, por el delito de HURTO AGRAVADO y AGAVILLAMIENTO previstos y sancionados en el articulo 452 numerales 4 y 8 y 286 del Código Penal. Y MEDIDA CAUTELAR .....