Por los anteriores consideraciones de hecho y de derecho este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO interpusieran la empresa TUHA PETROLEUM SERVICES, C.A., contra la empresa AKERE ENERGY C.A., por lo que se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado sobre Tres Taladros con sus Equipos Auxiliares, o sea el contrato de arrendamiento de bienes muebles que fuere autenticado por ante la Notaría Pública Décima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha once de mayo de 2005, anotado bajo el Nº 33, Tomo 37 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria