este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Prestaciones Sociales intentó el ciudadano OSWALDO MENESES, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil CHEROKEE WELL SERVICES, S.A., en consecuencia, se condena a ésta última a pagar la cantidad de SESENTA Y OCHO MILLONES DOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 68.272.464,74), más los intereses sobre prestación de antigüedad, intereses moratorios y la indexación, para lo cual se ordena realizar experticia complementaria del fallo, mediante la designación de un solo experto que hará el tribunal por cuenta de la demandada, en los términos ya señalados.