En tal sentido, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley e Interés Superior de la joven adulto de marras, acuerda hacer entrega de la TOTALIDAD del dinero a la ciudadana DIVEANA CAROLINA FIGUEROA ASTUDILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-21.081.930, haciendo al suma de UN MIL DIECISIETE CON 41/100 CTMS (Bs. f 1.017,41), la cual reposa en la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-67-0010003234, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona, en virtud de haber cumplido su mayoría de edad. Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones adscrita a este Despacho, a los fines arriba indicados. Por cuanto en la referida Cuenta quedara un activo de Cero (0) Bolívares, se acuerda el cierre del respectivo Expediente y su remisión .....