Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante JESUS ALFREDO GUACARA contra la sentencia dictada por el suprimido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 10 de mayo de 1999, la cual queda REVOCADA; 2) CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos ejercido por el ciudadano JESUS ALFREDO GUACARA contra la ESTACIÓN DE SERVICIO LISMAC, C.A., identificados en autos.