En este sentido habiéndose constatado que la parte solicitante no compareció ni por si ni por medio de apoderado, esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: el desistimiento de la presente solicitud, presentada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V- 8.653.478, domiciliada en: Res. Rivera, Guaica, Torre Nº piso 04, apartamento Nº 02, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0426-9832023, actuando en representación de la adolescente: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , debidamente asistida por la Defensora Publica Tercera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, ABG. MARTHA AGUILERA. SEGUNDO: En consecuencia, se EXTINGUE LA INSTANCIA, según la normativa que .....