En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana Leomaris Lunelys Rodríguez Tayupo, suficientemente identificada en autos contra el acto Administrativo de efectos particulares de fecha 4 de julio 2006, mediante oficio Nº 067/2006, emitido por el Consejo Municipal de Derecho del Niño y del Adolescente del Municipio Autónomo Juan Antonio Sotillo Estado Anzoátegui.