Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano RAUL GUILLERMO PEREZ AVILEZ, quien es venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el día 30-01-87, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.359.036, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de los ciudadanos RODOLFO PEREZ ZANABRIA y ALCILIA AVILEZ, residenciado en Calle Vuelta Grande, casa S/N, frente a la Escuela Vuelta Grande, Sabana de Uchire, Estado Anzoátegui, la casa es de color Amarillo con cerca de alfajol; de conformidad a lo consagrado en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolívariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial .....