En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIÒNES al ciudadano: ELIUD JOSUE CAICAGUARE, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.706.416, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 25-11-1981, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio Ayudante de Electricidad, hijo de los ciudadanos RAIZA CAICAGUARE y YOEL CARIMS, residenciado en Calle 23 DE Enero, N° 14, Barrio Colombia, al lado de la iglesia Evangélica, Barcelona, Estado Anzoátegui. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese oficio al Comandante del Instituto Autónomo de Policía Municipal "Simón Bolívar" del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle.....