Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD DEL IMPUTADO: YAMILETH DEL CARMEN RENGEL, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.165.136, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido el 05/01/1978, de 28 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio Ama de Casa, hija de los ciudadanos Félix Valoe (v) y de Maria de Lourdes Rengel (v), residenciado en la Vía Mesones, Calle Principal, Barrio Bolívar, Casa s/N, en una Vereda, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, del Código Penal, en perjuicio de ROGER RAFAEL HERNANDEZ, por estar llenos los extremos de los articulo 250, 251 y 252 del Código orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a segu.....