Ahora bien, transcurridos como han sido los días de Despacho 23, 24, 25, 26 y 29 de septiembre de 2014, sin que conste en autos que la parte demandada, haya formalizado su tacha de documentos el quinto día de Despacho siguiente al 22 de septiembre de 2014, es decir el 29 de septiembre de 2014, es forzoso para este Tribunal desechar la tacha anunciada. Así se declara.
Así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad.
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaria copia de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en Barcelona, a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil catorce (.....