En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE DECLARA FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN Y SE PROCEDE COMO EN SENTENCIA PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. En consecuencia, la parte Demandada deberá pagar a la parte Actora las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 75.000,00), que es el monto de los dos cheques acompañados a la demanda.- SEGUNDO: La cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.873,96), por concepto de Intereses calculados a la rata del 1% mensual.- TERCERO: De conformidad con el Artículo 648 del Código de Procedimiento Civil, las costas procesales calculadas por el Tribunal, en la cantidad de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 19.468,49).....