Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD del imputado ADEL JOSE GONZALEZ COA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.480.940, natural de San Félix, Estado Bolívar, donde nació en fecha 03/12/1984, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Operador de Protección Integral, hijo de los ciudadanos ADEL GONZALEZ (V) y de YASMINA COA (V), residenciado en el Calle 03, Sector Las Garzas, N° 18, detrás del Seguro, Barrio Guzmán Lander, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de “VIOLENCIA FISICA”, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YESSICA QUERECUTO GUERRA, de conformidad c.....