Siendo la oportunidad legal para pronunciarse sobre el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado Reimundo Mejias, inscrito en el IPSA bajo el Nº 116.029, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Wilmer Antonio Castillo Estanga, el Tribunal, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, las pruebas Promovidas en el Capítulo I y en Capítulo II, de la Prueba Documental, Particulares: 2, 3, 4, 6, 7, 9, 11, 13, 15, 16, 17 y 18, salvo su apreciación en la definitiva.