en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el desistimiento del procedimiento de las partes solicitantes, y en consecuencia, Declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la solicitud de DESIGNACIÓN DE CURADOR AD HOC, presentada por el ciudadano ROGERT ALBERTO VELASQUEZ SECO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.318.026, domiciliado en la Avenida dos ,de la Urbanización Boyacá tres, sector tres, vereda 56, casa Nº 12, de la ciudad de Barcelona, Parroquia El Carmen, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la Designación de un CURADOR AD-HOC, a favor de sus hijos, el adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), asistido por la Abogada EMMA YELIZA VELASQUEZ ,inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 116.056 ,en.....