Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Disuelto por Divorcio, conforme a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RICARDO ALEJANDRO MARCANO MIRABAL y ROSA ISABEL BELTRAN, anteriormente identificados, contraído por ante la Prefectura del Municipio Bolívar de Barcelona del Estado Anzoátegui, en fecha Veintiseis (26) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993), según consta de Acta de Matrimonio N°.398, acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.-
Por cuanto la aplicación del artículo 185-A del Código Civil sólo extingue el vínculo matrimonial, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 ejusdem, ordena liquidar los bienes de la comunid.....