Por las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: FELIX RAMON VERACIERTA GUAREPE, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-3.819.752, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-09-49, de 61 años de edad, Casado, Obrero, hijo de FELIX VERACIERTA y ADELINA GUAREPE DE VERACIERTA, domiciliado en Calle Brisas del Mar, Casa Nº 23-75 detrás de los Bloques o edificios de Cada, Barrio El Espejo, Barcelona, Estado Anzoátegui, telefono 0414-8272253, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo de conformi.....