mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle a la ciudadana CARMEN CIRILO DE ITRIAGO, venezolana, mayor de edad, casada y titular de la Cédula de Identidad No. V-1.165.470, domiciliado en la Población de Pica Pica, Municipio Píritu del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el profesional del derecho LUIS ALBERTO ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.491.578, debidamente inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 147.802 y de este domicilio, recibida por Distribución Interna Manual de Causas, Comisiones y Solicitudes en fecha 07 de Octubre del 2015, mediante la cual solicita Título Supletorio de Propiedad a su favor sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Piritu del Estado Anzoátegui, con una superficie total de CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA y UN METROS CUADRA.....