Éste Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECRETÓ: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en favor de los ciudadanos JESSICA NOHEMI SILVA Y JESUS ALBERTO GOITIA GUARIRAPA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 420 del código penal, con observancia de los artículos 216 y 217 de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, en perjuicio del niño K.J.G.S (OCCISO), todo de conformidad con lo previsto en el artículo el artículo 49, numeral 7º del mencionado Código orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción penal, por cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado en la oportunidad de decretar a su favor la Suspensión Condicional del Proceso, ello en concordancia con lo dispuesto en el artículo 300, numeral 3º Ejusdem. En consecuencia, de conformidad con el artículo.....