Éste Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decretó: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado ALEJANDRO FRAIN GOMEZ VILLAEL (APODADO EL MOROCHO), titular de la cédula de identidad Nº V-17.971.877, por la presunta comisión del delito de HOMICIDO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 Ejusdem; todo de conformidad con los artículos 236, ordinales 1, 2 y 3, en concordancia con el articulo 237, ordinales 2, 3 y parágrafo primero del articulo 238 del Código Orgánico Procesal Penal.