Por los argumentos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; RESUELVE los siguiente: PRIMERO: ACUERDA MANTENER a la sancionada URSULA ELENA GUERRA CERMEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° 20.106.396, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde nació en fecha 30/12/1991, hija de los ciudadanos Diego Jose Guerra Y Roselis Cemeño, residenciada en Calle Libertad, casa Nº 3-78, Barcelona, Estado Anzoátegui, LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, que por el plazo de DOS (2) AÑOS le fuera impuesta a la prenombrada sancionada ; de la cual computadas las fechas desde el 30 de Junio del 2008, fecha de imposición de la medida, hasta el 30 de Marzo del 2009, fecha en la cual se elaboro el ultimo informe evolutivo del prenombrado sancionado, ha cumplid.....