este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos por ellos expresados, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, Se suspende la medida de embargo decretada por este Tribunal, y se ordena librar oficio al Juzgado Ejecutor respectivo, participándole de dicha suspensión. Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial
Dra. HELEN PALCIO GARCIA
La Secretaria
Dra. MARIEUGELYS GARCIA CAPELLA