el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSEFINA SUNIAGA DE GONZALEZ,, FRANCISCO RAMON GONZALEZ SUNIAGA, WOLFGANG EDUARDO GONZALEZ SUNIAGA, NANCY ZURIMA GONZALEZ SUNIAGA Y CRISTINA JOSEFINA GONZALEZ SUNIAGA, ya identificados, del fallecido EUSEBIO RAMON GONZALEZ SANCHEZ, quien fuera venezolano, y portador de la Cédula de Identidad Nº 474.991, fallecido ab-intestato en fecha 20 de marzo de 2003.-