Siendo la oportunidad legal para que este Tribunal se pronuncie sobre la admisión de la demanda interpuesta por la ciudadana Irma Josefina García, Cedula de Identidad No. 8.203.629, asistido por la Abogada Yolmig Cordero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 96.322, contra la Resolución Administrativa No. 0024, dictada en fecha 24 de marzo de 2014, por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, Sede Barcelona Estado Anzoátegui, identificada con el Expediente Administrativo No. S-ANZ-0079-2013, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, ADMITE el Recurso cuanto ha lugar en derecho. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordenan las notificaciones del Superintendente antes mencionado, del Ministro del Poder Popular Para Vivienda y Hábitat, de la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público del Estado Anzoát.....