Por las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA APREHENSIÓN JUDICIAL del ciudadano: ELIS RAFAEL PINTO MARTELO, venezolano, indocumentado, Natural de Aragua de Barcelona-Anzoátegui de 24 años de edad, de estado civil Soltero, obrero, domiciliado en CALLE PRINCIPAL, CASA S/Nº, SECTOR LAS PALMITAS, MUNICIPIO ARAGUA, ESTADO ANZOATEGUI; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinal 3° y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, designándose como Centro de reclusión la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, incoada por el Fiscal 14° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Publíquese, regístrese, líbrense los oficios correspondientes, junto con la orden de aprehensión respectiva. Notifíquese a las partes.....