Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por VIA EJECUTIVA presentado por ZAIDA UBAN BLANCO, Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil HOTELES DORAL, C.A., en contra de los ciudadanos ALEXIS SUAREZ DE LEON y FRANCISCO MIGUEL LEON.- Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales previa su certificación en autos, y Suspender la medida decretada en este juicio, una vez que haya quedado definitivamente firme la presente decisión.-